El Gobierno incrementó al 6,20% el recargo destinado a financiar los subsidios para las zonas frías del país, un porcentaje que se traslada a las tarifas de distribución del gas natural para todos los s. Esta actualización fue oficializada este lunes a través de la Resolución 718/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Este ajuste afecta el recargo aplicado sobre el precio del gas natural medido en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), correspondiente a cada metro cúbico (m³) de gas con un poder calorífico de 9.300 kilocalorías (kcal) que ingrese a la red nacional, incrementando el porcentaje del 6% al 6,20% a partir de junio.
La modificación alcanza tanto al volumen vendido comercialmente como al consumo propio o autoconsumo. Para este último, el cálculo del recargo se realizará tomando en cuenta el volumen consumido, el precio promedio ponderado de ventas de la compañía que realiza el autoconsumo, y la alícuota vigente del recargo.
El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) será el encargado de adaptar los mecanismos de facturación para que las distribuidoras reflejen este recargo en las tarifas finales. El último ajuste de este impuesto había sido implementado en abril, cuando la tasa pasó del 5,44% al 6%.
Este componente financiero tiene como propósito sostener el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que cubre la diferencia entre el precio del gas en regiones con bajas temperaturas —como la Patagonia— y las tarifas establecidas para el resto del país.
Con esta medida, se busca que los s residenciales en esas zonas puedan acceder al servicio con un costo reducido, aproximadamente un 50% menor al que pagan quienes viven en regiones menos afectadas por el frío.
En los fundamentos oficiales, el Ejecutivo explicó que “se prevé una mayor demanda de fondos para mantener el régimen de compensaciones” que istra el fondo fiduciario. Además, se mencionó que a esta necesidad se suma “el impacto financiero que se genera entre el momento de la implementación del aumento del recargo y su efectiva recaudación”.
Asimismo, se estableció que, para garantizar la aplicación uniforme del recargo entre todos los actores del mercado gasífero, las empresas comercializadoras deberán trasladar de manera exacta el recargo que les fuera cobrado por sus proveedores en el PIST, calculado por cada metro cúbico de gas con 9.300 kilocalorías.
Esta decisión se enmarca en la estrategia del Gobierno de avanzar hacia un sistema de subsidios energéticos más focalizado, que limite la asistencia estatal a los sectores con menores ingresos.
En la normativa también se destacó que “mantener un esquema de subsidios amplios y en crecimiento, financiado con aportes del Tesoro Nacional, resulta insostenible para las finanzas públicas. El Estado no está en condiciones de seguir sosteniendo dichos subsidios generalizados, que fueron implementados por istraciones anteriores”.